¿Qué es y Cómo Aplicar al Subsidio Familiar de Compensar?

Subsidio monetario por autorización o apropiaciones

El subsidio familiar a un tercero se dispone para su uso a través de la Tarjeta Compensar. Si aún no cuentas con ella, puedes reclamarla presentando tu documento de identidad. Debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Tarjeta de compensación por uso de un tercero (autorizado) impresa en los puntos de atención de reclamaciones, para ser entregada a la persona autorizada, se puede reclamar en la oficina de compensar más cercana presentando tu Documento de Identidad. 
  • Si la persona autorizada vive fuera de Bogotá, debe llamar al centro de atención telefónica 601 3077001 para informar al asesor de la situación para que la solicitud pueda ser enviada al proceso de subvención. Soporte (la persona debe proporcionar datos de contacto, ciudad, región y número de teléfono de contacto), compensar enviará la tarjeta a la dirección especificada.

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¿Cuál es el vencimiento del Subsidio monetario?

Una vez que el apoyo económico está disponible para su uso mediante la tarjeta de compensación, esto tiene una vigencia de 3 años, según la Ley 21 de 1982 artículo 6. Es decir, después de 3 años de no utilización de los fondos. Por este motivo, las tarifas no se considerarán pagadas. Mira el proceso de determinación de asistencia en efectivo aquí.

Encuentra las siguientes fechas límite:
  • Septiembre 2023
  • Octubre 2​0​23
  • Noviembre 2023

Este fondo de compensación generalmente funciona a plena capacidad para sus miembros. Tiene un mecanismo de apoyo conocido como “Subsidio Monetario” que funciona como una asignación familiar en otras cajas de ahorros.

Puedes consultar este saldo en la aplicación de compensar. En esta plataforma, puedes ingresar los detalles de tu tarjeta y conocer los diferentes saldos, movimientos y habilidades. De manera similar, puedes ser contactado por teléfono al (1) 3077004 – Opción 021.

¿Quiénes tienen derecho para aplicar al subsidio? 

Hijos menores de 18 años

Los hijos naturales, los hijastros y los hijos adoptados legalmente hasta la edad de 18 años y 11 meses son elegibles para asistir a la escuela.

Hermanos menores de 18 años, huérfanos de padre y madre

Los hermanos, hermanas y huérfanos que viven dependientes de trabajadores hasta la edad de 18 y 11 meses son elegibles para asistir a la escuela.

Padres mayores de 60 años sin ingresos

Siempre que no se perciban ingresos, pensiones o prestaciones económicas y sean económicamente dependientes del trabajador.

Hijos, padres o hermanos huérfanos de padre y madre con discapacidad permanente

Niños que han quedado huérfanos por el padre o la madre, o cuyo padre o padre tiene una discapacidad permanente.

¿Cómo solicitarlo?

  1. Si el beneficiario no está asociado, ingresa a través de transacciones en línea (opción de sucursal).
  2. Una vez que tus beneficiarios estén vinculados y si cumplen las condiciones, debes reunir los documentos. ¡Recuerda enviarlo en su totalidad!.
  3. Solicita financiación a través de transacciones online.
  4. Para obtener los beneficios, activa la tarjeta de compensar llamando al 601 3077004, opción 0-1.

Puedes 💰solicitar tu Subsidio💰 en línea ingresando a 🖱️seguridad.compensar.com🖱️


Recomendaciones para tener en cuenta

  • Para presentar un reclamo de ayuda financiera, debes hacerlo utilizando el Formulario de solicitud de subvención, en Ayuda financiera.
  • Las contribuciones de la empresa deben pagarse a tiempo, de modo que los empleados puedan recibir los beneficios a más tardar en la última semana del mes.
  • Los partidarios (niños y huérfanos) deben presentar certificados escolares, expedientes académicos finales del año en curso o recibos de inscripción de 12 años o más, indicando el año de estudio, curso, semestre o nivel de grado. Si el beneficiario se acerca a los 12 años, se debe presentar un certificado de la escuela con anticipación para prevenir cualquier problema que se pueda presentar.

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